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Cambios
→Para Actividades Especiales (ciencia, trabajo en terreno de servicios públicos, documentales, educación ambiental, etc.)
#Se deberá obtener un Permiso Especial de Acceso por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana. La documentación que acredite a la persona natural o jurídica, según sea el caso, con giro en alguna de las Actividades Especiales, será requerido por la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana para otorgar el permiso respectivo.
#El plazo máximo a autorizar se evaluará caso a caso, en función de los antecedentes.
#El responsable del grupo deberá presentar un documento que cuente con, al menos: la descripción de las actividades, fechas y plazos previstos, identificación de los participantes (incluyendo nombre, número de identificación y nacionalidad), los elementos grupales e individuales que porta cada visitante, itinerario de la actividad, la descripción de la ruta a realizar en formato kmz o kml, y plan ante emergencias con contacto de emergenciarespectivo.
#El material que sea resultado de la actividad realizada deberá ser compartido a la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana, según condiciones definidas en el Permiso Especial de Acceso.
#El otorgamiento del Permiso Especial de Acceso no exime la obtención de los permisos ambientales y/o sectoriales que sean atingentes con otros organismos del Estado de Chile.