Plantilla:OrdenanzaLasTrancas

Revisión del 18:06 14 jul 2020 de Joaquin.baranao (Discusión | contribuciones) (Ordenanza Municipal Valle Las Trancas)

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Revisión del 18:06 14 jul 2020 de Joaquin.baranao (Discusión | contribuciones) (Ordenanza Municipal Valle Las Trancas)

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Ordenanza Municipal Valle Las Trancas

Ordenanza Municipal para actividades en el Valle de las Trancas.

La Ordenanza Municipal entró en vigencia a comienzos de 2018, y entre los puntos más importantes cabe destacar:

  • Toda excursión (sea por el día o con campamento) debe ser informada en la Tenencia de Carabineros de Las Trancas. (Km. 74 de ruta N-55).
  • Para acampar se debe solicitar una autorización específica por parte de carabineros. (No está permitido acampar en Laguna del Huemul)
  • Está prohibido dejar basura.
  • Sólo se puede circular en bicicletas en senderos vehiculares o demarcados para bicicletas.
  • Sólo se puede circular en motos por caminos vehiculares. No está permitido ingresar a los senderos.
  • Está prohibido realizar rayados, pinturas y grafitis en rocas y árboles.
  • Está prohibido hacer fuego. No realice fogatas bajo ninguna circunstancia!

El no cumplimiento de la norma implica multas de 5 UTM. Para realizar consultas se recomienda contactar a carabineros al correo tenencia.lastrancas@carabineros.cl o al númeor +56 42 2842227. Para informarse en detalle invitamos a leer el detalle de esta ordenanza.