Plantilla:Permiso valle tupungato

Revisión del 16:06 25 dic 2019 de Joaquin.baranao (Discusión | contribuciones)

Permiso para el Predio Fiscal Río Colorado

Reglas generales

  1. Va del 1 de septiembre al 30 de abril. Visitas fuera de dicho período serán autorizadas excepcionalmente y solo para expediciones de montaña y actividades Especiales.
  2. Los visitantes deben ser conscientes de los riesgos objetivos y subjetivos propios de las actividades al aire libre en territorio de montaña, de la importancia de contar con la salud física y mental compatible con la actividad a realizar, así como con la experiencia y conocimiento necesario para llevarla a cabo.
  3. Cualquier accidente y/o imprevisto que afecte a los autorizados es de su exclusiva responsabilidad, por lo que deberán mantener durante toda la visita una actitud de auto cuidado y respeto por el medio ambiente. El Ministerio de Bienes Nacionales y los particulares cuyos terrenos y servidumbres sean transitados se eximen de toda responsabilidad en relación a la seguridad de las personas que reciban autorización de ingreso al predio, eventuales rescates ante emergencias, así como secuelas y consecuencias relacionados con accidentes e incidentes.
  4. La solicitud debe ser presentada por un mínimo de dos personas e individualizarse a un responsable de grupo. No se permite el ingreso de personas en solitario.
  5. Menores de 18 años deberán ir acompañados por alguno de sus padres, o bien, por otro adulto, previa autorización otorgada por alguno de sus padres mediante autorización simple la cual también debe ir adjunta en el correo enviado por el responsable del grupo.
  6. Es responsabilidad de los solicitantes y/o cada grupo informarse previamente de las condiciones meteorológicas, consultando la página de Internet www.meteochile.cl. Las cédulas de identidad o pasaportes vigentes de los visitantes deberán ser exhibidas en el control de acceso de AES Gener, de su propiedad, en El Alfalfal junto al permiso otorgado por el Ministerio de Bienes Nacionales impreso, para todas aquellas actividades que se realicen aguas arriba de dicho lugar.
  7. Toda actividad que sea autorizada dentro del Predio Río Colorado deberá ser informada previamente por parte del grupo visitante, de manera presencial, en la Subcomisaría de Carabineros de Chile de San José de Maipo.
  8. Se encuentra prohibido hacer fogatas en punto alguno del predio, ingresar con mascotas, cazar, pescar, dañar el patrimonio natural y cultural así como el estado de la propiedad.
  9. Está prohibido la extracción de muestras de origen vegetal, animal o inerte, salvo expresa autorización para ello como parte de las actividades Especiales.
  10. Es una obligación no botar basura alguna durante la visita, incluido el papel higiénico, lo cual debe ser llevado de vuelta por el visitante. Las heces humanas deben enterrarse y disponerse a más de 20 metros de distancia de cualquier cauce de agua.
  11. Todo grupo deberá portar botiquín antes emergencias así como los elementos de protección individual atingentes a la actividad a realizar.
  12. Está prohibido utilizar vehículos motorizados de cualquier tipo y bicicletas fuera de las rutas vehiculares establecidas.
  13. Para el tránsito sobre el predio privado administrado por Minera Río Colorado su dueño no exige permiso adicional al otorgado por el Ministerio de Bienes Nacionales. El propietario ha definido una ruta para el tránsito en vehículo y otra para la circulación a pie sea el destino Baños Azules, hito natural dentro del predio privado, o bien, en tránsito hacia otros puntos en propiedad fiscal aguas arriba de Baños Azules. La ruta de tránsito ha sido establecida para efectos de resguardar la seguridad de las personas en virtud de las instalaciones mineras existentes. Los antecedentes detallados de la ruta serán proporcionadas a las personas que se les otorgue autorización por parte del Ministerio de Bienes Nacionales para el desarrollo de actividades que involucren tránsito sobre este predio privado. Se ha convenido que la caminata a Baños Azules sea calificada provisoriamente como “Deportes de Montaña” en virtud del estado en el que se encuentra la senda habilitada para ello, con cupo máximo de 40 personas al día entre el 1 de septiembre y el 30 de abril.
  14. El Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a otorgar autorizaciones y/o a cancelar las ya otorgadas, en virtud de antecedentes que den cuenta de situaciones que a criterio de la Autoridad puedan causar riesgo mayor a la integridad física de los solicitantes y/o en aquellos casos que se consideren fortuitos o de fuerza mayor. Tratándose de situaciones excepcionales en las cuales los encargados de acceso al predio, pudieran no autorizar el ingreso por hechos que no dependan de su voluntad y que se relacionen directamente con las circunstancias antes señaladas, el Ministerio de Bienes Nacionales podrá realizar formalmente la notificación de cancelación mediante correo electrónico al responsable de grupo, en horario hábil, una vez que la Autoridad haya tomado conocimiento de la causa y procedido a la suspensión.
  15. El Ministerio de Bienes Nacionales NO otorgará nuevos permisos de acceso a quienes sean sorprendidos, durante o ex-post, realizando actividades fuera de las expresamente autorizadas o transgrediendo alguna de las disposiciones señaladas en el presente protocolo, incluyendo las rutas de tránsito establecidas en predio fiscal y privado. Adicionalmente, el Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a emprender acciones legales contra quienes generen daño ambiental.

Reglas para trekking/senderismo

  1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Senderismo deben realizarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl. Estas deben hacerse de lunes a viernes de la semana previa al ingreso, con horario tope el viernes hasta las 12:00 (medio día). Alternativamente, las solicitudes a la Ruta Patrimonial N°4: “Río Olivares-Gran Salto” podrán ser solicitadas al concesionario de dicha ruta patrimonial. El asunto del correo debe ser “Senderismo: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)”.
  2. Para la Ruta Patrimonial N°4 “Río Olivares-Gran Salto” solo se autoriza el camping en las áreas definidas como tal en la Guía Oficial de la ruta disponible en rutas.bienes.cl. En el sendero “Mirador de los Cóndores” no está permitido acampar.
  3. El plazo máximo a autorizar es de 6 días para la Ruta Patrimonial N°4 “Río Olivares-Gran Salto” y de 1 día para el sendero “Mirador de los Cóndores”.
  4. Si bien no es requisito presentar documentación que acredite experiencia en actividades al aire libre, se hace presente la importancia de contar con conocimientos de orientación, campismo, senderismo, así como contar con la vestimenta y equipamiento adecuado para la actividad. Recomendable contar con GPS y radios VHF.
  5. No se otorgarán permisos fuera del período entre el 1 de septiembre y el 30 de abril.
  6. La solicitud al correo electrónico debe ser enviada por el responsable de grupo y debe adjuntar el Formulario Único de Autorización de Ingreso, las Declaraciones Juradas escaneadas de cada uno de los integrantes mayores de edad, las autorizaciones simples a menores de edad en caso que corresponda y la copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente de todos los visitantes.

Reglas para deportes de montaña

  1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Deportes de Montaña deben realizarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl con un mínimo de 14 días corridos de anticipación, salvo las de escalada en roca en sector El Alfalfal y la caminata a Baños Azules que contarán con un mínimo de 7 días corridos de anticipación. El asunto del correo debe ser “Montañismo: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)” para todos los casos, salvo los de escalada en roca en sector El Alfalfal cuyo asunto debe ser “Escalada: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)” y caminata a Baños Azules cuyo asunto debe ser “Baños Azules: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)”.
  2. Se debe contar con credencial vigente de la Federación de Andinismo de Chile. Alternativamente, es posible presentar credencial, o carta de membresía, emitida hace menos de 1 año por integrante de directiva de club reconocido por la Federación de Andinismo de Chile. Para no residentes en Chile, se debe contar con credencial vigente de federación o club acreditado por la Unión Internacional de Asociaciones de Alpinismo (UIAA).
  3. El plazo máximo a autorizar es de 14 días. La escalada en sector de El Alfalfal y la caminata a Baños Azules se autorizarán solo por 1 día.
  4. El responsable del grupo deberá presentar un documento que deberá contar con, al menos, la descripción de la actividad, los elementos grupales e individuales que porta cada visitante, itinerario de la actividad, la descripción de la ruta a realizar en formato gpx y/o kml, y plan ante emergencias con contacto de emergencia respectivo.
  5. Es obligación que cada grupo porte sistema de comunicación satelital ante emergencias, así como GPS con la ruta a realizar, salvo para el caso de escalada en roca en el sector de El Alfalfal. Actividades que involucren el tránsito sobre predio privado administrado por Minera Río Colorado deberán cargar en el GPS el kml que se les proporcionará para ello.
  6. Para el período fuera entre el 1 de septiembre y el 30 de abril, se podrán autorizar excepcionalmente expediciones de ascensos o travesía en montaña.
  7. Para los deportes de montaña que tengan por objetivo el ascenso a cumbres, y solo para las personas no residentes en Chile, se debe contar con el permiso otorgado por la Dirección de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL).
  8. La solicitud al correo electrónico debe ser enviada por el responsable de grupo y debe adjuntar el Formulario Único de Autorización de Ingreso, las Declaraciones Juradas escaneadas de cada uno de los integrantes mayores de edad, el documento descriptivo de la actividad, las autorizaciones simples a menores de edad en caso que corresponda, las fotocopias de las credenciales o carta de membresía en federación o club de montañismo, la autorización de DIFROL en caso de los no residentes en Chile (solo para el ascenso a cumbres) y la copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente de todos los visitantes. Actividades especiales: Visitas con fines de estudio y/o científicos, filmaciones y captura de imágenes con fines comerciales o que requieran de montaje y/o despliegue logístico mayor enfrentan reglas especiales.