Plantilla:OrdenanzaLasTrancas
Revisión del 13:17 9 ene 2018 de Hellwigtobi (Discusión | contribuciones) (Página creada con «==Ordenanza Municipal Valle Las Trancas== Archivo:26229987_2041155456166124_7872863971826697744_n.jpg|thumb|Ordenanza Municipal para actividades en el Valle de las Tranca...»)
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Ordenanza Municipal Valle Las Trancas
Para recorrer esta ruta se debe cumplir lo especificado en la Ordenanza Municipal vigente a partir de 2018. Los puntos más importantes son:
- Toda excursión (sea por el día o con campamento) debe ser informada en la Tenencia de Carabineros de Las Trancas. (Km.74 de ruta N-55).
- Para acampar se debe solicitar una autorización por parte de carabineros.
- Sólo se puede circular en bicicletas en senderos vehiculares o demarcados para bicicletas.
- Sólo se puede circular en motos por caminos vehiculares. No está permitido ingresas a los senderos.
- Está prohibido realizar rayados, pinturas y grafitis en rocas y árboles.
- Está prohibido hacer fuego. No realice fogatas bajo ninguna circunstancia!
El no cumplimiento de la norma implica multas de 5 UTM. Para realizar consultas se recomienda contactar a carabineros al correo tenencia.lastrancas@carabineros.cl o al númeor +56 42 2842227. Para informarse en detalle invitamos a leer el detalle de esta ordenanza.