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Revisión del 13:17 9 ene 2018

Ordenanza Municipal Valle Las Trancas

Ordenanza Municipal para actividades en el Valle de las Trancas.

Para recorrer esta ruta se debe cumplir lo especificado en la Ordenanza Municipal vigente a partir de 2018. Los puntos más importantes son:

  • Toda excursión (sea por el día o con campamento) debe ser informada en la Tenencia de Carabineros de Las Trancas. (Km.74 de ruta N-55).
  • Para acampar se debe solicitar una autorización por parte de carabineros.
  • Sólo se puede circular en bicicletas en senderos vehiculares o demarcados para bicicletas.
  • Sólo se puede circular en motos por caminos vehiculares. No está permitido ingresas a los senderos.
  • Está prohibido realizar rayados, pinturas y grafitis en rocas y árboles.
  • Está prohibido hacer fuego. No realice fogatas bajo ninguna circunstancia!

El no cumplimiento de la norma implica multas de 5 UTM. Para realizar consultas se recomienda contactar a carabineros al correo tenencia.lastrancas@carabineros.cl o al númeor +56 42 2842227. Para informarse en detalle invitamos a leer el detalle de esta ordenanza.